
Esta ley obliga a fabricantes y comerciantes del sector de la indumentaria a disponer de un mínimo de ocho talles de medidas corporales y estará vigente a partir de los 180 días de su reglamentación.

Una vez en curso el no incumplimiento de esta normal traerá grandes multas en dinero y hasta establece cláusulas en caso de incumplimiento.
A buena hora para sentirnos más cómodos y seguros con nuestra impagen, pues no es importante que es lo que llevas sino como lo haces.
No hay comentarios:
Publicar un comentario